DR.3022/13 - P7
Las NIIF están diseñadas para ser aplicadas en los estados financieros
con propósito de información general, así como en otra información
financiera, de todas las entidades con ánimo de lucro. Los estados
financieros con propósito de información general se dirigen a la
satisfacción de las necesidades comunes
de información de un amplio espectro de usuarios, por ejemplo
accionistas, acreedores, empleados y público en general. El objetivo de
los estados financieros es suministrar información sobre la situación
financiera, el rendimiento y Ios flujos de efectivo de una entidad, que
sea útil para esos usuarios al tomar decisiones económicas
DR.3022/13 - P8
Los estados financieros con propósito de información general. son los
que pretenden atender las necesidades generales de información
financiera de un amplio espectro de usuarios que no están en
condiciones de exigir informes a la. medida de sus necesidades
específicas de información. Los estados financieros con propósito de
información general comprenden los que se presentan de forma separada o
dentro .de otro documento de carácter público, como un informe anual o
un prospecto de información bursátil.
sábado, 8 de marzo de 2014
NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACION FINANCIERA - NIIF para PYME
DR.3022/13,
P6
Las NIIF establecen los· requerimientos de reconocimiento,
medición, presentación e información a revelar que se refieren a las
transacciones y otros sucesos y condiciones que son importantes en los estados
financieros con Propósito de información general. También pueden establecer
estos requerimientos para transacciones, sucesos y condiciones que surgen
principalmente en sectores industriales específicos. Las· NIIF se basan en el Marco
Conceptual, que se refiere a los conceptos subyacentes en la información
presentada dentro de los estados financieros con propósito de información
general. El objetivo del Marco Conceptual es facilitar la formulación
uniforme y lógica de las NIIF. También suministra una base para el uso del
juicio para resolver cuestiones contables.
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PLAN DE IMPLEMENTACION DE NIIF para PYMES
Proceso de convergencia
hacia las Normas internacionales de información financiera para pequeñas y
medianas entidades – NIIF para PYMES.
La
Supersolidaria con el fin de brindar mayor claridad a las organizaciones que
conforman el Grupo 2 expidió la Circular Externa 005 de febrero 2014 de
conformidad con llo previsto en la Ley 1314 de 2009 y las disposiciones
contenidas en el Decreto 3022 de Diciembre de 2013.
¿Qué consideraciones previas se deben
tener en cuenta antes de la implementar del Decreto 3022/13 (NIIF para PYMES?
1.-) La conformación de un equipo de
trabajo al interior de la organización encargado del proyecto de conversión,
liderado en lo posible por un profesional del más alto nivel.
2.-) Definir y aprobar el plan de trabajo
o de acción que involucre a todas las áreas de la organización.
3.-) Proporcionar los recursos financieros
necesarios para el desarrollo del plan (capacitación, asesoría, valuación,
auditoría y adecuación de los sistemas de información).
4.-) Establecer lineamientos y reglas de
trabajo claras al interior de la organización.
5.-) Efectuar seguimiento periódico a los
avances del proyecto y establecer las herramientas de control para su adecuado
cumplimiento.
6.-) Resolver oportunamente los asuntos
que generen algún tipo de conflicto o dificultad en la implementación.
El equipo de trabajo o comité NIIF que
designe el Consejo de Administración, Junta Directiva o quien haga sus veces,
deberá, previo proceso de convergencia, realizar el diagnostico de la
organización para cuantificar el impacto financiero y contable de cada rubro
del balance, con el fin de establecer directrices que le permitan a la organización
prepararse previamente, teniendo en cuenta que bajo NIIF el reconocimiento de
los elementos que componen los estados financieros deben cumplir con dos
condiciones:
a.-) Que el reconocimiento de una partida
en la contabilidad cumpla con la definición del elemento correspondiente y que
implique la probabilidad de entrada o salida de un beneficio económico y,
b.-) Que el elemento tenga un valor que
pueda ser medido con fiabilidad.
¿En qué consiste la presentación del
PLAN DE IMPLEMENTACION DE NIIF para PYME?
En la presentación del plan se requiere lo siguiente:
a.-) Se definan las etapas del proyecto de convergencia
b.-) Sus actividades,
c.-) El cronograma correspondiente
d.-) los responsables
e.-) Y los recursos que se requieren para llevarlos a cabo.
¿Qué debe contemplar como mínimo el
PLAN DE IMPLEMENTACION según el artículo 3 del DR.3022/13?
1.-) Análisis de los estándares aplicables
a la organización, de acuerdo con su naturaleza y características particulares.
2.-) Evaluar los impactos en los sistemas
de información, operacional, tecnológico y en el recurso humano.
3.-) Plan de capacitación para directivos
y empleados de la organización con el fin de atender las necesidades de cambio
en el conocimiento técnico, en los procesos y procedimientos asociados con el
negocio y facilitar la implementación de nuevas políticas contables.
4.-) Modificar o diseñar nuevos
sistemas de información y mejoras en el proceso de presentación de informes
financieros.
5.-Ajuster los manuales de funciones y
procedimientos internos, teniendo en cuenta los efectos operacionales y
funcionales.
6.-) Otros aspectos que el equipo de
trabajo considere necesarios incluir en el plan de implementación.
¿Cuándo debe remitirse este PLAN DE
IMPLEMENTACION?
Las organizaciones de economía solidaria
vigiladas por la entidades vigiladas por la Supersolidaria que califique dentro
del Grupo 2, deberán remitir a este Ente de Supervisión el plan de implementación
a más tardar el 30 de
abril de 2014.
Fuente: http://vargaspalacios.blogspot.com/2014/03/plan-de-implementacion-de-niif-para-pyme.html
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martes, 26 de noviembre de 2013
lunes, 7 de enero de 2013
El 2013 empieza con más alzas que bajas
Este año llegó cargado de alzas en los precios. Se presentan los tradicionales ajustes en multas, arriendos, matrículas, entre otros. Conozca en detalle cómo le afectará su bolsillo.
Prepare su bolsillo porque son más las alzas que se presentan este año que los descensos en los precios de los productos y servicios que habitualmente utiliza.
LOS ASCENSOS
-Salario mínimo
El salario mínimo tendrá un incremento de 4,02% para este año, lo que representa un aumento de $22.800. De esta forma, el salario mínimo quedó en $589.500 para 2013. Entre tanto, el auxilio de transporte se ubicará en $70.500.
Esta cifra es fundamental para determinar las alzas que se darán este año en distintos sectores de la economía y que por supuesto impactan su bolsillo.
-Arriendos
La ley 820 de 2003 establece que los aumentos no pueden superar la inflación del año anterior. La cifra será dada a conocer el próximo cinco de enero por el Dane. Sin embargo, se prevé que será menor a 3%, pues a noviembre del año pasado el Índice de Precios al Consumidor (IPC) se ubicaba en 2,34%.
-Matrículas
El Ministerio de Educación había determinado desde el año pasado que las alzas en las matrículas de los colegios privados estarán entre el 2% y 4% dependiendo de la calificación que tenga la institución educativa, según los resultados obtenidos en las pruebas Saber 11 del año anterior.
Los colegios de régimen controlado, que son los que registran los indicadores más bajos, sólo podrán incrementar sus matrículas en, máximo, el 2%.
Le siguen los colegios catalogados en los regímenes vigilado superior y vigilado muy superior, los cuales podrán incrementar 3,1% y 3,2%, respectivamente.
-Multas
A partir del primero de enero de 2013 y como consecuencia del aumento del salario mínimo legal del 4.02%, todas las multas por infracciones a las normas de tránsito se actualizan.
El salario mínimo diario legal vigente (SMDLV) para el 2013 es de $19.650. Es decir, que de acuerdo al número de SMDLV de cada infracción, el valor de las multas será:
A manera de ejemplo: Las infracciones de peatones se sancionan con un SMDLV y las infracciones para los conductores de vehículos de tracción animal se sancionan con cuatro SMDLV. LOS ASCENSOS
-Salario mínimo
El salario mínimo tendrá un incremento de 4,02% para este año, lo que representa un aumento de $22.800. De esta forma, el salario mínimo quedó en $589.500 para 2013. Entre tanto, el auxilio de transporte se ubicará en $70.500.
Esta cifra es fundamental para determinar las alzas que se darán este año en distintos sectores de la economía y que por supuesto impactan su bolsillo.
-Arriendos
La ley 820 de 2003 establece que los aumentos no pueden superar la inflación del año anterior. La cifra será dada a conocer el próximo cinco de enero por el Dane. Sin embargo, se prevé que será menor a 3%, pues a noviembre del año pasado el Índice de Precios al Consumidor (IPC) se ubicaba en 2,34%.
-Matrículas
El Ministerio de Educación había determinado desde el año pasado que las alzas en las matrículas de los colegios privados estarán entre el 2% y 4% dependiendo de la calificación que tenga la institución educativa, según los resultados obtenidos en las pruebas Saber 11 del año anterior.
Los colegios de régimen controlado, que son los que registran los indicadores más bajos, sólo podrán incrementar sus matrículas en, máximo, el 2%.
Le siguen los colegios catalogados en los regímenes vigilado superior y vigilado muy superior, los cuales podrán incrementar 3,1% y 3,2%, respectivamente.
-Multas
A partir del primero de enero de 2013 y como consecuencia del aumento del salario mínimo legal del 4.02%, todas las multas por infracciones a las normas de tránsito se actualizan.
El salario mínimo diario legal vigente (SMDLV) para el 2013 es de $19.650. Es decir, que de acuerdo al número de SMDLV de cada infracción, el valor de las multas será:
Entre infracciones que se sancionan con ocho SMDLV, se encuentran la de no portar licencia de conducción y remolcar otro vehículo sin el correspondiente permiso. Mientras que fumar cuando se conduce genera una sanción de 10 SMDLV.
No utilizar cinturón de seguridad, exceder los límites de velocidad y no realizar revisión técnico-mecánica en el plazo o aun cuando se haya realizado y el vehículo no se encuentra en adecuadas condiciones, entre otras infracciones, se sancionan con 15 SMDLV.
Conducir sin portar el seguro obligatorio se sanciona con 30 SMDLV y además, el vehículo será inmovilizado.
La infracción con la sanción más alta es la de conducir en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias alucinógenas que se multa con 45 SMDLV y si se trata de conductor de vehículo de servicio público se duplica, es decir que la multa sube a 90 SMDLV. En ninguno de estos casos se puede reducir el valor por pronto pago o por la asistencia a curso pedagógico.
-Avalúo catastral
El avalúo catastral de los predios urbanos y rurales no agropecuarios para el presente año tiene un reajuste del 3%, así lo estableció el Consejo de Política Económica y Social (Conpes).
El ajuste se aplicará sobre los avalúos catastrales de los predios no formados y formados con vigencia de 2012 y anteriores, mientras que los predios rurales con destino agrícola no tendrán alza en el 2013.
-Tasa de usura para créditos ordinarios
La nueva tasa de usura para créditos ordinarios y de consumo fue fijada en 31,13% por la Superintendencia Financiera de Colombia.
Entre tanto, fijó para el primer trimestre de 2013 la tasa de usura para los microcréditos en el 53,45%.
-Peajes
El incremento estará ajustado a la inflación del año pasado, pero según el Invías sólo entrará en vigencia desde el 15 de enero con el objetivo que los colombianos puedan viajar sin un costo adicional.
-Nuevos impuestos
La entrada en vigencia de la reforma tributaria traerá consigo cambios en el pago de impuestos. En el caso del IVA son de 0% para la canasta básica, 5% para alimentos procesados y otros gastos como la medicina prepagada. Entre tanto, se aplicará un 16% para el resto de productos y servicios.
Por su parte, entre los servicios afectados por la reforma está el hospedaje en hoteles de alta categoría, en los que el IVA sube de 10% a 16%. Así mismo, comienza a regir el impuesto al consumo de 8% en los restaurantes.
EL DESCENSO
-La reducción fue en la gasolina
El Ministerio de Minas y Energía determinó para enero de 2013 que el precio de venta al público de este combustible baja $208 en todas las ciudades del país.
Así mismo, tras la implementación de la fórmula para el precio del Acpm, este combustible presenta un descenso de $23 en Bogotá.
De esta manera, el precio de referencia de la gasolina para Bogotá será de $8.493, mientras el del Acpm será de $8.156 por galón. Este último combustible, en las zonas del país con mezcla del 10%, tendrá una disminución de $31,60.
Fuente:http://www.finanzaspersonales.com.co/ahorro-e-inversion/articulo/el-2013-empieza-mas-alzas-bajas/48455
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